Ayuda subvención sector comercial y artesano Comunidad de Madrid

¿Para qué es esta ayuda?

Se trata de una nueva convocatoria de subvención procedente de fondos europeos para el sector del comercio y artesano, con ayudas directas que pueden alcanzar los 10.000€, orientadas a la digitalización, mejora e innovación tecnológica.

Va dirigida a dos sectores específicos:

a) Sector del comercio

b) Sector artesano.

Pueden beneficiarse de ellas las empresas y personas titulares de empresas individuales de estos sectores que tengan la consideración de PYME (tener menos de 250 personas y un volumen de negocio anual inferior a 50 millones de euros), desarrollen su actividad en un establecimiento físico abierto al público o taller (en la Comunidad de Madrid) destinado a la venta minorista y pertenezcan a alguno de estos IAE:

  • 641.—Comercio minorista de frutas y verduras.
  • 642.—Comercio minorista de carnes, huevos, caza y granja.
  • 643.—Comercio minorista de pescados.
  • 644.—Comercio minorista de pan, pasteles, confitería, lácteos.
  • 645.—Comercio minorista de vinos y bebidas.
  • 646.1, 646.2, 646.3 646.7, 646.8.—Comercio minorista labores tabaco y artículos para fumadores.
  • 647.—Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general.
  • 651.—Comercio minorista de textil y calzado.
  • 652.2, 652.3, 652.4.—Comercio minorista productos droguería, perfumería, plantas y hierbas, herbolarios.
  • 653.—Comercio minorista muebles (excl. oficina), ferretería, aparatos de uso doméstico, materiales de construcción, bricolaje, otros artículos hogar.
  • 654.1, 654.3, 654.4, 654.5.—Comercio minorista vehículos terrestres, aéreos, fluviales y marítimos, maquinaria.
  • 654.2.—Comercio minorista accesorios y recambios vehículos.
  • 654.6.—Comercio minorista cubiertas y cámaras de aire.
  • 656.—Comercio minorista bienes usados.
  • 657.—Comercio minorista instrumentos de música y accesorios.
  • 659.1.—Comercio minorista sellos, monedas, medallas, artículos coleccionista.
  • 659.2.—Comercio minorista muebles y máquinas de oficina.
  • 659.3.—Comercio minorista aparatos médicos, ortopédicos.
  • 659.4.—Comercio minorista libros, periódicos, revistas.
  • 659.5.—Comercio minorista artículos joyería, relojería, bisutería.
  • 659.6.—Comercio minorista juguetes, artículos de deporte, armas.
  • 659.7.—Comercio minorista semillas, abonos, flores y plantas.

¿Para qué puedes solicitar esta ayuda?

De los servicios que prestamos en Idento y que entran en esta ayuda, podemos trabajarte lo siguiente, siempre enfocado en la mejora de tu proceso de venta online:

  • Hacer una página web, tienda online o mejorar la que tienes.
  • Realizar acciones de mejora de la usabilidad y experiencia de usuario.
  • Acciones de posicionamiento SEO.
  • Analítica Web.
  • Publicidad digital.
  • Diseño de Apps (podemos llevar a cabo la parte de diseño gráfico orientado a UX, el desarrollo/programación lo tendrías que hacer con otra empresa).

Por otro lado, estas ayudas también cubren otras acciones: obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos comerciales y/o talleres artesanos, implantación de medidas de ahorro energético, adquisición de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para desarrollar la actividad, adquisición de equipos informáticos, tecnológicos y software, servicios de gestión empresarial.

Si quieres ejecutar alguna de estas acciones date prisa porque los plazos para solicitarla y justificar son muy ajustados y se atienden hasta que se agote el presupuesto disponible. La solicitud se realiza telemáticamente.

Además, para facilitarte el proceso, en Idento contamos con un colaborador especializado que puede ayudarte a solicitarla y/o tramitarla.

Importe de las ayudas

Para el sector artesano, la inversión mínima subvencionable es de 500€, impuestos excluidos.

Para el sector comercial, la inversión mínima subvencionable es de 5.000€, impuestos excluidos.

La ayuda será directa, del 50% del importe necesario para cubrir las inversiones, con un máximo de 10.000€. Y tienes 10 meses para ejecutar la inversión que vayas a justificar.

Plazo y lugar de solicitudes

Abierto desde el 15 de septiembre al 5 de octubre de 2023, ambos inclusive.

Enlaces de interés:

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Contáctanos y te informamos sin compromiso.

 

¡Infórmate de otras ayudas vinculadas con nuestro sector!

En nuestra sección del blog «Ayudas y subvenciones» vamos a ir publicando las diferentes ayudas que vayan surgiendo. También puedes suscribirte a nuestro boletín y todos los meses te enviaremos un email con los últimos artículos del blog publicados.

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